1.¿QUÉ NECESITO PARA OBTENER MI LICENCIA DE CONDUCCIÓN?

R/. Para categorías públicas, tener 18 años cumplidos, para categorías particulares 16 años cumplidos, presentar documento de identidad original, no poseer multas ni suspensiones de la licencia de conducción , presentar documento de huellas autenticadas (en tinta) por notaría en caso de tener diferentes inconsistencias en las mismas y de diferente índole, como por ejemplo dermatitis, sudoración excesiva, desgaste por actividades que la provoquen, ausencia del índice derecho o su falange (cuando hay ausencia de falange, la huella que debe aparecer en el documento de identidad debe coincidir con la que realmente cuenta, (la Registraduría Nacional, es quien hace estas actualizaciones de huellas para estos casos de ausencias de falanges cuando se trata de documentos para ciudadanos colombianos o nacionalizados).

2.¿SI SOY CIUDADANO EXTRANJERO, QUÉ DEBO TENER EN CUENTA?

R/. Además de algunos de los requisitos del punto anterior, que también apliquen para extranjeros, debe presentar cédula de extranjería original o pasaporte vigente, la cédula de extranjería debe contar con foto, código de barras y huella, en caso de que sólo presente foto con huella, o foto con código de barras, debe aportar documento de huellas autenticadas (en tinta) por notaría y otro documento original adicional que posea el requisito faltante en el documento de identificación. El documento de identificación que se presente para el curso de licencia de conducción, debe ser el mismo con el cual se inscribió en el Registro Único Nacional de Tránsito RUNT.

3.¿SI ESTOY PRÓXIMO A CUMPLIR LA MAYORÍA DE EDAD QUE SE RECOMIENDA?

R/. Se recomienda esperar a tener como mínimo los 18 años cumplidos con el documento cédula de ciudadanía original, esto debido a los reprocesos, tiempos de espera adicionales y posibles sobrecostos en los que habría que incurrir al tener que gestionar ante diferentes entidades el cambio de documento de tarjeta de identidad a cédula de ciudanía, o sus similares para ciudadanos extranjeros.

4.¿DEBO ASISTIR OBLIGATORIAMENTE A TODAS LAS CLASES TEÓRICO PRÁCTICAS?

R/. Si, es obligatorio para cualquier proceso de curso o certificado de conducción por primera vez, cuando es para refrendar o revalidar mi licencia ya adquirida con anterioridad, no se asiste a clases.

5.¿PUEDO TOMAR CLASES PARTICULARES AVANZADAS O DE REFUERZO CON LA ESCUELA NACIONAL DE CONDUCCIÓN?

R/. Si, nuestros instructores poseen los conocimientos suficientes para dictar clases avanzadas o de refuerzo en las categorías A1 – A2 – B1 – C1.

6.¿CUÁNTAS CLASES TEÓRICAS O PRÁCTICAS MÁXIMAS PUEDO VER POR DÍA?

R/. Por regulación del Ministerio de Transporte, el tope máximo es de 8 horas por día, y primero se debe terminar el ciclo teórico incluyendo el examen, para después continuar con el práctico. Lo anterior, también está sujeto a la disponibilidad de agenda y/u horarios de que la Escuela Nacional pueda disponer para ellos.

7.¿EN QUÉ HORARIOS PUEDO VER MIS CLASES TEÓRICAS Y PRÁCTICAS?

R/. La Escuela Nacional de Conducción cuenta con una excelente disponibilidad de horarios, los cuales van de lunes a viernes de 6:00 a.m., a 10:00 p.m., sábados de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., y domingos de 6:00 a.m., a 2:00 p.m., los días festivos no hay servicio. La disponibilidad para el agendamiento de las clases está sujeto y limitado a la cantidad de alumnos por clase y capacidad de aulas, de acuerdo a las directrices que rigen a los Centros de Enseñanza Automovilística.

8.¿CON CUÁNTO TIEMPO MÁXIMO DISPONGO PARA REALIZAR MI CURSO Y OBTENER MI CERTIFICADO DE CONDUCCIÓN?

R/. Todo proceso de obtención de certificado de conducción en Colombia, el cual se hace formal a partir de la generación del PIN en el registro inicial en la plataforma SICOV de la Super Intendencia de Puertos y Transporte tiene una vigencia de 90 días, los cuales comienzan a correr a partir de la primera clase práctica, es decir, que la fase de inscripción/enrolamiento al aplicativo, teoría y examen teórico no cuentan dentro de estos 90 días.

9.¿QUÉ PASA SI EL PIN SE VENCE Y AÚN NO HE OBTENIDO MI CERTIFICADO DE CONDUCCIÓN?

R/. Se debe iniciar todo el proceso desde cero y asumir nuevamente todos los costos asociados a PIN y pagos a terceros.

10.¿SI YA TENGO UN CERTIFICADO DE CONDUCCIÓN ANTE EL RUNT ES NECESARIO GESTIONAR UNO NUEVO?

R/. No, sólo se debe continuar con el proceso, teniendo en cuenta que sea para la misma categoría y que el proceso se finalice en el mismo departamento donde lo inició, en la Escuela Nacional de Conducción lo asesoramos correctamente si presenta esta situación.

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